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Diputado de Nueva República propone ley para prohibir la participación de menores de edad en la Marcha del Orgullo

Proyecto también propone penas de cárcel para quien muestre espectáculos que personifique "al sexo masculino o femenino con vestimenta alusiva al sexo contrario".

El diputado de Nueva República, Fabricio Alvarado Muñoz, presentó a la corriente legislativa un proyecto de ley (expediente 25.092) que pretende prohibir la participación de personas menores de edad en la Marcha del Orgullo, así como establecer penas de cárcel a las personas que muestren, por cualquier medio, contenido tipo "drag queen" o "travesti" a personas menores de edad.

La propuesta adiciona un segundo párrafo al artículo 2 de la Ley de Espectáculos Públicos, Materiales Audiovisuales e Impresos, (Ley 7440) para establecer que las personas menores de edad no podrán participar de espectáculos o manifestaciones artísticas en espacios públicos que no sean aptas para menores de edad, en donde personas desnudas o semidesnudas realicen movimientos, bailes, dancen o caminen exhibiendo su cuerpo, así como los espectáculos tipo “drag queen” y “travesti”.

La exposición del motivos señala que la intención del proyecto es "la prohibición expresa de la participación de personas menores de edad frente a espectáculos que incluyan a “drag queen” o travestis", así como que puedan participar de eventos como la marcha del orgullo. El texto señala:

La prohibición se extiende a eventos de carácter público o masivo, como las marchas del orgullo gay y otras actividades similares, en los que puedan exponerse contenidos explícitos o escenificaciones que atenten contra el interés superior de los menores de edad".

Adicionalmente, la iniciativa propone adicionar al Código Penal (Ley 4573) un artículo 167 ter, que diría:

Será reprimido con prisión de dos a cuatro años quien, por cualquier medio, represente, exhiba o transmita ante la presencia de personas menores de edad cualquier espectáculo que contenga contenido sexual, que incluye, pero sin limitarse, mostrar objetos que simulen los órganos sexuales, mostrar gestos, imágenes u objetos que simulen actos sexuales, removerse la vestimenta con fines de crear un interés erótico y despertar las pasiones sexuales aun cuando no alcancen este objetivo, personificar al sexo masculino o femenino con vestimenta alusiva al sexo contrario, sin limitarse a la utilización de pelucas, máscaras o maquillaje grotesco".

Debido a que la Asamblea se encuentra en periodo de sesiones extraordinarias, el proyecto podrá iniciar su trámite legislativo ordinario si es convocado por el Poder Ejecutivo, o a partir del 1 de agosto.