También se confirmó la extradición de Edwin López Vega (alias Pecho de Rata).
El Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de San José resolvió este martes los cinco recursos de apelación presentados en el primer proceso de extradición de personas costarricenses y confirmó, por unanimidad, la entrega de Celso Gamboa Sánchez y Edwin López Vega (alias Pecho de Rata) a los Estados Unidos de Norteamérica, sujeta al cumplimiento de una serie de garantías por parte del país requirente.
La resolución, contenida en el voto 2026-180 de las 07:30 horas, también revocó, por mayoría y con el voto salvado de una jueza, la extradición de Jonathan Álvarez Alfaro, al considerar que los hechos que se le atribuyen ocurrieron antes de la entrada en vigencia de la reforma constitucional que habilitó la extradición de nacionales, por lo que dispuso que sea juzgado en Costa Rica.
En el caso de Gamboa Sánchez y López Vega, el tribunal determinó que los cargos imputados corresponden a delitos continuos o permanentes que iniciaron antes, pero finalizaron después del 28 de mayo de 2025, fecha de publicación de la reforma constitucional.
Bajo ese criterio, aplicó la norma vigente al momento de finalización de los hechos y confirmó la extradición diferida, una vez concluidos los procesos penales pendientes en el país o cumplidas eventuales condenas.

El tribunal modificó la sentencia de primera instancia para exigir al Gobierno de Estados Unidos promesas formales de que no impondrá cadena perpetua ni penas superiores a 50 años de prisión, así como el reconocimiento del tiempo de detención provisional cumplido en Costa Rica.
En el caso de López Vega, además, ordenó que se garantice que solo será juzgado por hechos posteriores al 22 de enero de 2014, ya que los anteriores quedaron cubiertos por una condena firme dictada en territorio nacional.
Respecto a Álvarez Alfaro, la mayoría del tribunal concluyó que la reforma constitucional no puede aplicarse de forma retroactiva y ordenó que sea puesto de inmediato a la orden del Ministerio Público para que continúe el proceso penal interno. La jueza Ana Isabel Solís Zamora salvó parcialmente su voto al considerar que la reforma sí debía aplicarse de manera retroactiva y avaló su extradición.
El tribunal otorgó al Estado requirente un plazo de dos meses, prorrogable bajo ciertas condiciones, para presentar las promesas exigidas. De no hacerlo, la entrega no procederá y Costa Rica deberá juzgar a las personas requeridas conforme a su legislación.
La resolución también estableció que la entrega provisional del teléfono celular de Gamboa Sánchez a la DEA no se ajustó al procedimiento aplicable en esa etapa, aunque aclaró que ello no afecta lo resuelto sobre su extradición ni la eventual entrega final del dispositivo conforme al tratado bilateral.
