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Aprobada en primer debate ley que amplía a 1 año la licencia de lactancia, con posibilidad de prórrogas

La Comisión con Potestad Legislativa Plena Tercera de la Asamblea Legislativa aprobó en primer debate un proyecto de ley que introduce cambios en el Código de Trabajo y en la Ley de Fomento de la Lactancia Materna, además de establecer nuevas obligaciones para instituciones públicas, centros educativos y empleadores.

La normativa, tramitada bajo el expediente 24.481, busca garantizar condiciones que faciliten la lactancia materna tanto en el ámbito laboral como educativo y sanitario, al reconocerla como un derecho de las personas menores de edad y de las mujeres en período de lactancia.

La iniciativa recibió 14 votos a favor y 1 en contra, este último proveniente del diputado socialcristiano Alejandro Pacheco Castro. La votación se realizó el miércoles, pero el texto actualizado aprobado por la comisión se dio a conocer este jueves.

Las Comisiones con Potestad Legislativa Plena, también conocidas como miniplenarios, están integradas por 19 congresistas cada una y pueden aprobar proyectos de ley tal y como ocurre en el plenario legislativo.

Uno de los cambios principales se introduce en el artículo 95 del Código de Trabajo, que regula la licencia de maternidad y el período de lactancia.

El texto aprobado mantiene la licencia remunerada de maternidad de un mes antes del parto y tres meses después, pero establece que el primer año de vida del menor se considerará como período mínimo de lactancia, el cual podrá prorrogarse cada tres meses por prescripción médica mientras la persona menor continúe alimentándose con leche materna.

La certificación médica podrá ser emitida por profesionales del sector público o privado y aplicará tanto para lactancia directa como diferida, lactancia mixta o procesos de relactación.

Además, la reforma reconoce el derecho al período de lactancia en casos de adopción, para facilitar procesos de inducción de lactancia, siempre que exista una certificación profesional que indique el tiempo requerido para ese proceso.

La iniciativa también modifica el artículo 97 del Código de Trabajo, que regula los tiempos de lactancia durante la jornada laboral. La nueva redacción establece que toda madre en período de lactancia deberá disponer de una hora diaria dentro de la jornada ordinaria para alimentar a su bebé. Este tiempo podrá utilizarse mediante tres modalidades: 15 minutos cada dos horas, media hora dos veces al día, o ingresar una hora más tarde o salir una hora antes del trabajo.

La hora de lactancia será remunerada y se aplicará por cada niña o niño lactante. En caso de jornadas extraordinarias, las mujeres en período de lactancia tendrán derecho a quince minutos adicionales cada tres horas para alimentar a su hijo o hija.

La ley también crea un nuevo artículo 97 bis, que obliga a las personas empleadoras a procurar espacios durante la jornada laboral para la extracción de leche materna, con períodos mínimos de 25 minutos cada tres horas laborales. Estos tiempos deberán computarse como trabajo efectivo para efectos de remuneración.

La reforma mantiene y refuerza el contenido del artículo 100 del Código de Trabajo, que obliga a las personas empleadoras a acondicionar espacios adecuados para la lactancia dentro de los centros de trabajo. Estos espacios deberán permitir que las madres amamanten o se extraigan leche de forma segura y deberán garantizar condiciones de privacidad e higiene, dentro de las posibilidades económicas de la empresa y con el visto bueno de la oficina de seguridad e higiene laboral.

El proyecto también modifica la Ley de Fomento de la Lactancia Materna para incorporar nuevas obligaciones a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Entre ellas, se añade el deber de realizar capacitaciones de actualización profesional en materia de lactancia materna para el personal de salud que atiende embarazadas y personas menores de edad en período de lactancia.

La normativa establece además obligaciones para el Ministerio de Educación Pública y las universidades públicas y privadas, que deberán desarrollar políticas educativas para promover la lactancia materna. Asimismo, los centros educativos deberán habilitar salas de lactancia o espacios privados, higiénicos y ventilados para que las madres estudiantes puedan alimentar directamente a sus hijos o extraerse leche.

Las estudiantes en período de lactancia tendrán derecho a permisos de ausencia de clases para alimentar a sus hijos o realizar la extracción de leche, sin que ello se considere una falta ni afecte su rendimiento académico.

Breves

Con 23 votos a favor y 16 en contra se rechazó, por falta de mayoría, prorrogar el plazo cuatrienal del expediente 22.956 "Ley de Validación de las Agrupaciones Políticas para el Fortalecimiento de la Representación Ciudadana Mediante la Reforma del Artículo 60 Inciso c y el Artículo 68 del Código Electoral, Ley N.° 8765, del 19 de agosto de 2009".

Con 22 votos a favor y 18 en contra se rechazó, por falta de mayoría, prorrogar el plazo cuatrienal del expediente 22.957 "Ley para Combatir la Legitimación de Capitales por Medio de la Inversión en Certificados de Cesión del Derecho de Contribución Estatal, Reforma al Artículo 119 del Código Electoral, Ley N.º 8765 del 19 de agosto de 2009".

Con 21 votos a favor y 18 en contra se rechazó, por falta de mayoría, prorrogar el plazo cuatrienal del expediente 22.958 "Ley para la Restricción de la Publicación y Difusión de Propaganda Política en Sitios de Culto Religioso por Medio de la Reforma al Artículo 136 del Código Electoral, Ley N.º 8765 del 19 de agosto de 2009".

Proyectos dictaminados

— La Comisión Especial de Puntarenas dictaminó afirmativamente el expediente 24.591 "Ley para la inclusión de Puerto Jiménez en el aprovechamiento minero a pequeña escala: reforma al artículo 8 del Código de Minería, Ley N° 6797 del 4 de octubre de 1982" y el expediente 25.260 "Declaratoria de interés público y cultural del Baile de los Diablitos como expresión del Patrimonio Cultural Inmaterial de los Territorios Indígenas de Boruca y Rey Curré de Costa Rica".

— La Comisión de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo dictaminó afirmativamente el expediente 25.351 "Desafectación de uso público y autorización a la Municipalidad de Alajuela para que done terrenos de su propiedad a la Caja Costarricense de Seguro Social".

Leyes publicadas

En el Alcance N,° 26 a La Gaceta N° 49 del jueves 12 de marzo de 2026 se publicaron las siguientes leyes:

Ley 10.859 que se tramitó bajo el expediente 23.843 "Ley para Organizaciones Socioproductivas de la Economía Social Solidaria". Esta iniciativa se aprobó en segundo debate en la Comisión Plena Tercera el 4 de febrero de 2026 por lo que transcurrieron 36 días para su publicación en La Gaceta.

Ley 10.867 que se tramitó bajo el expediente 23.448 "Ley para la regulación y el impulso de las franquicias". Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 12 de febrero de 2026 por lo que transcurrieron 28 días para su publicación en La Gaceta.

Ley 10.857 que se tramitó bajo el expediente 24.380 "Ley de Vivienda Popular para las Islas: Reforma a la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y creación del Banhvi para que se otorguen bonos para la construcción de viviendas en las islas". Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 3 de febrero de 2026 por lo que transcurrieron 37 días para su publicación en La Gaceta.