La medida aplica solo a proyectos que usen o pretendan usar la compensación de densidades prevista en el decreto impugnado.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia aclaró que la suspensión del otorgamiento de autorizaciones de construcción y modificaciones de densidad en el Polo Turístico Golfo de Papagayo aplica únicamente a los casos en los que se haya aplicado o se pretenda aplicar la figura de compensación de densidades y coberturas incluida en el Decreto Ejecutivo N.° 44448-MP-TUR.
La aclaración consta en una resolución de las 13:10 horas del 5 de mayo de 2026, dentro del expediente 25-024408-0007-CO, relacionado con la acción de inconstitucionalidad contra el decreto que reformó el reglamento del Polo Turístico Golfo de Papagayo.
La gestión fue presentada por el ministro de Turismo y presidente ejecutivo del Instituto Costarricense de Turismo (ICT), William Rodríguez López, quien solicitó una adición y aclaración de la resolución dictada el pasado 17 de abril por el magistrado instructor Fernando Cruz Castro.
En esa resolución se dictaron medidas cautelares sobre permisos de tala, autorizaciones de construcción, modificaciones de densidad y actos administrativos vinculados al Polo Turístico Golfo de Papagayo, mientras se resuelve el fondo de la acción contra el decreto impugnado.
La Sala indicó que esas medidas fueron adoptadas “con el objetivo de prevenir posibles daños graves e irreparables al ambiente en el Polo Turístico Golfo de Papagayo, mientras se resuelve el fondo del asunto”.
Aclaración solicitada por el ICT
El ICT pidió aclarar el alcance objetivo y subjetivo de las medidas cautelares, en particular respecto de la figura de compensación de densidades regulada en el Decreto Ejecutivo N.° 44448-MP-TUR.
El decreto cuestionado introdujo la figura de “compensación de densidad o coeficiente de ocupación”, que permite a concesionarios trasladar derechos de construcción entre distintas fincas dentro del Polo Turístico Golfo de Papagayo, incluso cuando no sean terrenos colindantes.
Al resolver la gestión, la Sala aclaró:
La suspensión del otorgamiento de autorizaciones de construcción y modificaciones de densidad en el Polo Turístico Golfo de Papagayo comprende solo aquellos casos en las que se ha aplicado o se pretende aplicar la figura de la compensación de densidades y coberturas prevista en el Decreto Ejecutivo impugnado”.
La resolución agregó que, en todo lo demás, lo resuelto el 17 de abril “no contiene elementos oscuros ni omisos que ameriten aclaración o adición”.
Además, la Sala rechazó una gestión de nulidad planteada contra la resolución que dictó las medidas cautelares en este proceso.
