Actualmente, la prohibición y la multa aplican por transportar a menores de cinco años. El proyecto de Mayuli Ortega ampliaría la restricción a menores de 12 años que no puedan apoyar los pies en los estribos del vehículo.
La diputada del Partido Pueblo Soberano (PPSO) Mayuli Ortega Guzmán presentó un proyecto de ley (expediente 25.792) que propone prohibir que personas menores de 12 años viajen como pasajeras en motocicletas, bicimotos o vehículos utilitarios todo terreno (UTV) cuando su estatura no les permita apoyar los pies en los estribos.
La iniciativa reforma el inciso e) del artículo 117 y el inciso c) del artículo 144 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial (Ley 9078).
Actualmente, el artículo 117 prohíbe transportar como pasajeros a menores de cinco años en motocicletas, bicimotos y UTV, independientemente de su estatura. La propuesta sustituiría ese límite por una prohibición para las personas menores de 12 años que no puedan apoyar los pies en los estribos.
En el caso de motocicletas y bicimotos, incumplir esa disposición seguiría constituyendo una infracción categoría B. Para 2026, esa multa asciende a ₡245.195,06. Aunque el artículo 117 también regula los vehículos tipo UTV, la reforma propuesta al inciso c) del artículo 144 menciona únicamente a motocicletas y bicimotos al establecer la multa.
La exposición de motivos señala que la reforma busca prevenir lesiones en personas menores de edad que viajan como acompañantes en estos vehículos, particularmente cuando su estatura no les permite alcanzar los estribos.
Como parte de su justificación, el proyecto cita una nota de Delfino.cr en la que la Asociación Sobreviviendo a Quemaduras del Hospital Nacional de Niños (ASOQUEM-HNN) solicitó modificar las restricciones para el transporte de personas menores de edad en motocicletas y bicimotos en Costa Rica.
La iniciativa señala que una de las principales preocupaciones corresponde a las quemaduras por fricción, que pueden ocurrir cuando el pie queda atrapado entre la llanta trasera y el aro de la motocicleta o entra en contacto con partes calientes, como la mufla. Estas lesiones pueden afectar piel, tejidos blandos, músculos y tendones, provocar fracturas y requerir intervenciones quirúrgicas e injertos de piel.
La exposición de motivos indica:
Según datos presentados por especialistas del Hospital Nacional de Niños, las quemaduras por fricción pasaron de representar aproximadamente un 9% de los casos atendidos entre 2024 y 2025 a un 22%, convirtiéndose en la segunda causa de quemaduras infantiles en Costa Rica, únicamente superadas por aquellas ocasionadas por líquidos calientes. Este incremento evidencia una realidad que requiere atención inmediata desde el ámbito legislativo".
El texto atribuye este riesgo, entre otros factores, a que niñas y niños de corta edad no siempre cuentan con la estatura suficiente para alcanzar los estribos originales del vehículo, lo que puede dejar sus piernas suspendidas y facilitar que un pie se introduzca accidentalmente en la llanta trasera mientras el vehículo se encuentra en movimiento.
La iniciativa también señala que las hospitalizaciones infantiles por quemaduras bajaron de 405 casos en 2016 a 206 en 2025, mientras aumentó la proporción correspondiente a lesiones asociadas con motocicletas y bicimotos.
Ortega presentó el proyecto el pasado 21 de setiembre. El expediente ahora deberá ser asignado a una comisión legislativa para que inicie su trámite correspondiente.
