La iniciativa de Eder Hernández exigiría a las plataformas adoptar medidas para impedir que personas menores de 15 años creen o mantengan cuentas y contempla multas por incumplimiento.
El diputado del Partido Liberación Nacional (PLN), Eder Hernández Ulloa, presentó un proyecto de ley (expediente 25.805) que establecería una edad mínima de 15 años para acceder y crear cuentas en plataformas de redes sociales con restricción de edad.
La iniciativa exigiría a los proveedores adoptar medidas razonables para impedir que personas menores de 15 años tengan cuentas en esas plataformas.
No es la primera iniciativa de esta naturaleza. El expediente 25.336, presentado el 9 de diciembre de 2025, propone prohibir la creación y uso de cuentas en plataformas con interacción social a personas menores de 14 años. Ese proyecto recibió un dictamen afirmativo unánime el 14 de abril de este año y continúa en trámite legislativo.
La propuesta de Hernández dispone que las obligaciones de verificación de edad deberán ser proporcionales al riesgo, técnicamente viables y adecuadas para reducir de manera efectiva el acceso o la creación de cuentas por parte de menores.
Los mecanismos también deberán incluir procedimientos para corregir errores cuando una persona sea identificada incorrectamente como menor de la edad permitida.
Además, el proyecto incorpora reglas para limitar la información que podrán solicitar las plataformas durante la verificación. Los proveedores no podrían recopilar datos personales más allá de lo estrictamente necesario para comprobar la edad.
La exposición de motivos señala:
Se evita que el mecanismo de control se base como principal en documentación gubernamental, privilegiando alternativas como verificación no documentaria o confirmaciones por terceros cuando existan y sean adecuadas, con excepciones justificadas y reforzadas en privacidad”.
El articulado establece, en esa línea, que las plataformas no deberán utilizar como mecanismo principal documentos de identificación emitidos por autoridades gubernamentales. En su lugar, deberán privilegiar alternativas como verificaciones no documentarias, confirmaciones de terceros o mecanismos técnicos equivalentes.
Las obligaciones también se aplicarían a las cuentas existentes, aunque mediante un régimen de transición gradual que deberá definir el reglamento.
Proyecto establece sanciones e impuesto a las plataformas
El proyecto encarga al Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y al Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) emitir los lineamientos para determinar qué medidas deberán adoptar las plataformas y cuáles mecanismos de verificación de edad podrán utilizar.
El articulado asigna al Micitt las funciones de supervisión e inspección, incluida la posibilidad de solicitar información a los proveedores, realizar auditorías, ordenar medidas correctivas y aplicar sanciones administrativas.
Por su parte, la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) se encargaría de fiscalizar el tratamiento, minimización, seguridad y conservación de los datos personales utilizados durante los procesos de verificación.
Las plataformas que incumplan la eventual ley podrían recibir multas de hasta 10 salarios base por infracciones leves o primeras faltas, 20 salarios base por infracciones relevantes o reincidencia y 30 salarios base por casos graves o reiterados.
Con el salario base vigente durante 2026, esas sanciones equivaldrían a montos de hasta ₡4,62 millones, ₡9,24 millones y ₡13,87 millones, respectivamente.
Además, el proyecto crea un impuesto anual equivalente a 100 salarios base para las empresas propietarias de redes sociales disponibles en Costa Rica y en las que puedan registrarse personas costarricenses.
Con el salario base vigente en 2026, ese impuesto equivaldría a aproximadamente ₡46,22 millones anuales por empresa. El texto establece que la falta de pago daría lugar al bloqueo de la red social en Costa Rica.
Exposición señala riesgos para menores
La exposición de motivos sostiene:
El acceso de personas menores de edad a plataformas de redes sociales incrementa el riesgo de daños como el acoso y el ciberbullying, la exposición a contenidos nocivos, y otras formas de manipulación y captación indebida en entornos digitales”.
El proyecto plantea que las restricciones buscan disminuir esos riesgos mediante obligaciones dirigidas a las propias plataformas y mecanismos de protección de la privacidad durante la comprobación de la edad.
El Poder Ejecutivo tendría un plazo de seis meses desde la publicación de la eventual ley para reglamentarla, con participación del PANI, el Micitt y la Prodhab. La legislación entraría en vigencia 12 meses después de su publicación.
La iniciativa fue presentada el 28 de setiembre de 2026 y también cuenta con la firma de la diputada del PLN Diana Murillo Murillo. Actualmente espera que se le asigne una comisión legislativa para comenzar su trámite.
