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Colegio de Psicólogos advierte sobre riesgo de revictimización al condicionar anticoncepción de emergencia a víctimas de violación

El gremio profesional señaló que imponer requisitos sin criterio clínico retrasa la atención en crisis, vulnera la autonomía y agrava secuelas como estrés postraumático.

El Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica (CPPCR) manifestó su preocupación por las recientes modificaciones aprobadas al expediente legislativo 23.633, e indicó que condicionar la entrega de anticoncepción de emergencia a una prueba previa de embarazo carece de fundamento clínico, crea barreras de acceso y eleva el riesgo de revictimización institucional para las personas sobrevivientes de agresión sexual.

El posicionamiento fue emitido de forma conjunta por tres de sus comisiones técnicas: Género y Sexualidad, Derechos Humanos y Psicología Perinatal. La organización reaccionó luego de que la Comisión de la Mujer de la Asamblea Legislativa aprobara un texto sustitutivo que excluyó inicialmente este fármaco de la canasta básica de atención y el posterior anuncio de diputadas oficialistas de reincorporarlo sujeto a un diagnóstico previo de gestación.

El expediente 23.633 tiene como objetivo dar rango de ley al Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas Víctimas de Violación Sexual —conocido como el protocolo de las 72 horas— y brindar respaldo permanente a los Equipos de Respuesta Rápida (ERR). De acuerdo con el colegio profesional, una respuesta en salud oportuna durante esa ventana de tiempo es determinante para mitigar daños físicos y psicológicos severos.

Impacto en la salud mental y secuelas del trauma

Desde la disciplina psicológica, el gremio enfatizó que la agresión sexual representa una grave vulneración a los derechos fundamentales con consecuencias directas sobre la estabilidad emocional de las víctimas, entre ellas trastorno de estrés postraumático, crisis de angustia, depresión profunda y desestructuración afectiva.

En ese contexto, la organización remarcó que las intervenciones institucionales deben concebirse para favorecer la recuperación integral y el restablecimiento de la seguridad personal:

La atención a las víctimas de violación sexual debe contribuir a su recuperación y no convertirse en una nueva fuente de sufrimiento”.

El colegio advirtió que establecer requisitos no respaldados por la evidencia médica entorpece la atención inmediata y debilita la capacidad de contención durante las primeras horas posteriores al delito.

Revictimización institucional y autonomía

Las comisiones especializadas del CPPCR profundizaron en el concepto de revictimización, señalando que este fenómeno no se limita al trato interpersonal inadecuado o a poner en duda la versión de la persona afectada, sino que se manifiesta estructuralmente en la tramitología sanitaria:

Esta no se produce únicamente mediante el cuestionamiento de los testimonios o el trato inadecuado, sino también cuando los procedimientos institucionales imponen obstáculos innecesarios, retrasan la atención o limitan la capacidad de las personas para tomar decisiones informadas sobre su propia salud”.

El gremio profesional concluyó que someter la entrega de medicamentos preventivos a trámites dilatorios vulnera la dignidad de las sobrevivientes e instó a los legisladores a mantener la ruta crítica de las 72 horas bajo criterios de oportunidad, evidencia científica y protección irrestricta de la autonomía personal.