La consulta de constitucionalidad cuestiona las normas de ejecución presupuestaria que bloquean ₡29.843,8 millones, restringen los traslados internos de recursos y condicionan el uso de plazas vacantes.
La Corte Suprema de Justicia pidió a la Sala Constitucional ordenar la suspensión del trámite legislativo del Presupuesto Nacional 2027 (expediente 25.754) por considerar que la Asamblea Legislativa omitió consultarle normas de ejecución presupuestaria que afectan la organización y el funcionamiento del Poder Judicial.
La presidenta en ejercicio de la Corte, Damaris María Vargas Vásquez, presentó el pasado jueves 22 de octubre una consulta facultativa de constitucionalidad contra las normas de ejecución presupuestaria 9, 10 y 12.
La Corte sostiene que la Comisión de Asuntos Hacendarios debía consultar al Poder Judicial antes de aprobar esas disposiciones, conforme al artículo 167 de la Constitución Política. Ese artículo establece que la Asamblea debe consultar a la Corte los proyectos relacionados con su organización o funcionamiento y requiere el voto de dos terceras partes de las diputaciones para apartarse de su criterio.
Por ello, la Corte pide a la Sala ordenar cautelarmente la suspensión del trámite y que la Asamblea realice la consulta omitida. Como alternativa, solicita declarar inconstitucional el trámite del Presupuesto 2027 por esa omisión y determinar que las normas cuestionadas requieren mayoría calificada ante la oposición del Poder Judicial.
₡29.843 millones quedarían bloqueados
Según detalla la consulta presentada por la Corte, la norma 9 mantendría bloqueados en el Sistema Integrado de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF) ₡29.843.810.438 del presupuesto del Poder Judicial hasta que se cumplan varias condiciones.
Entre ellas figuran presentar los estados financieros auditados de 2026 del Fideicomiso Inmobiliario Poder Judicial 2015, obtener certificaciones de la Contraloría General de la República y conseguir posteriormente la intervención de la Comisión Permanente Especial de Control de Ingreso y Gasto Público, el Plenario Legislativo y el Ministerio de Hacienda para liberar los fondos.
El monto equivale al 5,6% del presupuesto del Poder Judicial. Según el análisis incorporado a la consulta, los programas más afectados serían Dirección y Administración, con ₡15.954,7 millones bloqueados; el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), con ₡8.684 millones; y el Servicio Jurisdiccional, con ₡3.529,6 millones.
Las partidas involucradas incluyen recursos para tecnología, infraestructura, alquileres, servicios públicos, mantenimiento, servicios informáticos y equipo tecnológico.
La Corte sostiene que someter la liberación de esos recursos a decisiones posteriores de órganos legislativos convierte al Parlamento en un “coadministrador” del presupuesto judicial y podría vulnerar la separación de poderes.
Traslados requerirían presupuesto extraordinario
La norma 10 impediría al Poder Judicial realizar determinados traslados de recursos entre subpartidas durante 2027 mediante los mecanismos ordinarios.
Cualquier movimiento entre las subpartidas comprendidas en las partidas de remuneraciones, servicios, materiales, bienes duraderos, transferencias y cuentas especiales requeriría la presentación y aprobación de un presupuesto extraordinario en la Asamblea Legislativa.
El Poder Judicial argumenta que esa disposición reduciría su capacidad para trasladar recursos ya autorizados cuando durante el año surjan necesidades distintas a las previstas inicialmente.
Según el documento, el efecto combinado de las normas 9 y 10 implicaría que mientras la primera bloquea una parte de los recursos mientras la segunda limita la posibilidad de redistribuir el dinero que permanezca disponible.
Uso de plazas vacantes
La norma 12 condicionaría el uso de plazas vacantes del Poder Judicial a un estudio de costo-beneficio de la Contraloría, su conocimiento por Corte Plena y la aprobación final de la Comisión de Control de Ingreso y Gasto Público.
El análisis incorporado a la consulta señala que existen 2.463 plazas vacantes ocupadas actualmente por personal interino. Según había informado el Poder Judicial el pasado 7 de setiembre, de esas plazas 810 corresponden al Organismo de Investigación Judicial (OIJ); 739 al servicio jurisdiccional; 294 a Dirección y Administración; 251 al Ministerio Público; 230 a la Defensa Pública; 115 al Servicio de Atención y Protección de Víctimas y Testigos; y 24 a la Administración del Fondo de Pensiones y Jubilaciones del Poder Judicial. Dentro del área jurisdiccional, 259 corresponden a plazas de jueces y juezas.
El Poder Judicial sostiene que esas plazas no están desocupadas en términos materiales, sino que corresponden a personas que actualmente prestan servicios mediante nombramientos interinos. Por ello, argumenta que la restricción podría incidir en audiencias, juicios, investigaciones y persecución penal.
Pide eliminar las normas cuestionadas
Además de solicitar la suspensión del trámite, la petitoria plantea como alternativa que la Sala ordene excluir del Presupuesto 2027 las normas de ejecución 9, 10, 11 y 12. La Corte sostiene que esas disposiciones vulneran, entre otros, los principios de separación de poderes e independencia judicial y podrían afectar el derecho de la ciudadanía a una justicia pronta y cumplida.
