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Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura censura actuación del ministro de Justicia

El mecanismo advirtió que el amedrentamiento, la provocación, la mofa y la exposición discriminante vulneran la dignidad de las personas privadas de libertad y comprometen la seguridad penitenciaria.

El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) rechazó este jueves el trato dado por el ministro de Justicia y Paz, Gabriel Aguilar Vargas, a personas privadas de libertad durante una visita al Centro de Atención Institucional (CAI) 26 de Julio, en Puntarenas, y advirtió que actuaciones de ese tipo vulneran derechos humanos y pueden comprometer la seguridad de los centros penitenciarios.

El pronunciamiento responde a un video publicado el martes 29 de setiembre en las redes sociales del Ministerio de Justicia y Paz, en el que Aguilar recorrió el centro penitenciario, increpó a varias personas privadas de libertad y anunció que algunas serían trasladadas al Circuito de Alta Contención y posteriormente al Centro de Alta Contención contra el Crimen Organizado (CACCO).

El MNPT señaló que “el amedrentamiento, la provocación, la mofa, los gritos y la exposición discriminante” mostrados durante los hechos no constituyen herramientas para construir seguridad penitenciaria.

Al contrario, este tipo de prácticas irregulares se constituyen en claros riesgos a la seguridad de los centros carcelarios, en violaciones a los principios jurídicos que rigen el sistema penitenciario nacional y son una afrenta directa a la dignidad de las personas”.

El mecanismo también cuestionó que este tipo de actuaciones provengan de las máximas autoridades del Ministerio de Justicia y Paz, debido al ejemplo que pueden transmitir al personal policial encargado de la custodia de las personas privadas de libertad.

Sería un error suponer que este tipo de acciones realizadas desde las más altas autoridades, se conviertan en ejemplo para la custodia que realiza el personal policial. Al contrario, se debe asegurar que todo el personal de los centros de privación de libertad se ajusten al marco jurídico nacional y a los estándares de derechos humanos aplicables”.

El MNPT también se refirió a la decisión comunicada durante la visita de Aguilar de trasladar a algunas de las personas privadas de libertad al Circuito de Alta Contención y posteriormente al CACCO. Según el mecanismo, la narrativa del video dio a entender que la reubicación ocurriría inmediatamente, sin realizar previamente los procedimientos correspondientes.

No se tiene la certeza de si realmente esto se realizó así tras la grabación del video; sin embargo, la narrativa que instaura es altamente preocupante”.

El organismo sostuvo además que la entrada en funcionamiento del CACCO debe sujetarse a una normativa robusta que establezca con claridad los criterios técnicos y jurídicos para determinar cuáles personas pueden ingresar a ese establecimiento y bajo qué condiciones deben permanecer bajo custodia.

Expresamente se deben prohibir los criterios arbitrarios, las injerencias políticas, la estigmatización y discriminación de las personas”.

El MNPT agregó que, desde su mandato preventivo, considera que el CACCO no debe entrar en funcionamiento mientras no se cumplan esas garantías y estándares mínimos.

El mecanismo concluyó que las medidas adoptadas ante el incremento de la criminalidad deben compatibilizar la seguridad con el respeto a los derechos humanos, los cuales establecen límites frente a la arbitrariedad, el abuso de autoridad y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, así como frente a la tortura.